REGlAMENTO INTERNO DEL HEROICO CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE MEXICALI
TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. El presente Reglamento Interno tiene como objetivo establecer las normas y procedimientos que regulan el funcionamiento y la organización del Heroico Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Mexicali.
Artículo 2. El Heroico Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Mexicali es una organización no lucrativa que tiene como misión proteger la vida y la propiedad de los ciudadanos de Mexicali, mediante la prevención y extinguir incendios, así como brindar ayuda en situaciones de emergencia.
TÍTULO II: ORGANIZACIÓN
Artículo 3. El Heroico Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Mexicali estará compuesto por:
• COMANDANTE
• SUB-COMANDANTE
• BOMBEROS VOLUNTARIOS
Artículo 4. El Comandante será el máximo responsable del Cuerpo y tendrá las siguientes atribuciones:
• Dirigir y coordinar las actividades del Cuerpo
• Representar al Cuerpo ante autoridades y organismos externos
• Tomar decisiones estratégicas y operativas.
TÍTULO III: DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Artículo 5. Los Bomberos Voluntarios tendrán los siguientes deberes y responsabilidades:
• Asistir a llamados de emergencia y participar en operaciones de rescate y extinguir incendios
• Mantener su equipo y vehículos en buen estado
• Participar en entrenamientos y capacitaciones
• Cumplir con las normas y procedimientos establecidos
Artículo 6. Los Jefes de Batallón de la Dirección de Bomberos de Mexicali, tendrán las siguientes atribuciones:
• Dirigir y coordinar a los Bomberos Voluntarios bajo su mando
• Supervisar la ejecución de operaciones
• Informar al Subdirector Operativo de la Dirección de Bomberos de Mexicali y Comandante sobre incidentes y operaciones.
TÍTULO IV: REQUISITOS PARA SER BOMBERO VOLUNTARIO
Artículo 7. Para ser Bombero Voluntario se requiere:
• Ser mayor de 18 años
• Tener buena salud física y mental
• No tener antecedentes penales
• Aprobar un curso de capacitación básica
• Comprometerse a cumplir con los deberes y responsabilidades establecidos.
TÍTULO V: DISCIPLINA Y CONDUCTA
Artículo 8. Los Bomberos Voluntarios deberán conducirse de manera profesional y ética en todo momento.
Artículo 9. Cualquier falta o incumplimiento de las normas y procedimientos establecidos será sancionado de acuerdo a la gravedad de la falta.
TÍTULO VI: FINANCIAMIENTO
Artículo 10. El Heroico Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Mexicali se financiará mediante:
• Donaciones
• Subvenciones
• Patrocinios
• Actividades de recaudación de fondos
TÍTULO VII: DISPOSICIONES FINALES
Artículo 11. El presente Reglamento Interno puede ser modificado o actualizado por el Comandante
Artículo 12. El presente Reglamento Interno entra en vigor el día de su aprobación.